LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR DIVORCIO SOLO PODRÁ TENER LUGAR POR SENTENCIA QUE ASÍ LO DECLARE Y PRODUCIRÁ EFECTOS A PARTIR DE SU FIRMEZA.
NO PERJUDICARÁ A TERCEROS DE BUENA FE SINO A PARTIR DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL.
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