LA RECONCILIACIÓN PONE TÉRMINO AL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN Y DEJA SIN EFECTO LO RESUELTO EN EL, PERO AMBOS CÓNYUGES SEPARADAMENTE DEBERÁN PONERLO EN CONOCIMIENTO DEL JUEZ QUE ENTIENDA O HAYA ENTENDIDO EN EL LITIGIO.
ELLO NO OBSTANTE, MEDIANTE RESOLUCIÓN JUDICIAL, SERÁN MANTENIDAS O MODIFICADAS LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN RELACIÓN A LOS HIJOS CUANDO EXISTA CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE.
ELLO NO OBSTANTE, MEDIANTE RESOLUCIÓN JUDICIAL, SERÁN MANTENIDAS O MODIFICADAS LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN RELACIÓN A LOS HIJOS CUANDO EXISTA CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE.
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